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SOBRE LOS RECURSOS DE ALZADA

AQUÍ TENÉIS LOS DOS MODELOS NUEVOS DE RECURSO:

RECURSO DE ALZADA VACANTES DE PLANTILLA: Deben presentarlo los interinos con vacante de plantilla y nombramiento hasta el 31.08.12.

RECURSO DE ALZADA SUSTITUCIONES: Deben presentarlo los interinos con vacante de sustitución de curso completo, hasta el 30.06.12, los interinos que hayan trabajado 165 días o más a lo largo del presente curso y también los interinos con vacante de plantilla y nombramiento hasta el 31.08.12. (EN EL HECHO CUARTO DEBÉIS PONER VUESTRA FECHA DE CESE ÚLTIMA SI ESTA ES DISTINTA AL 30.06.12)

LOS INTERINOS CON VACANTES DE PLANTILLA HASTA EL 31.08.12 DEBEN PRESENTAR LOS DOS MODELOS…


INFORMACIÓN SOBRE EL RECURSO DE ALZADA

1.- El Recurso de Alzada es un escrito que se dirige al Consejero de Educación frente a los ceses del personal interino que tenían como fecha de finalización de sus contratos el 31.08.12, o que han trabajado más de 165 días en el curso 2011/2012.

2.- El Recurso de Alzada debe ser presentado en el plazo de un mes desde el cese efectivo, siendo lo ideal que los recursos sean presentados en los primeros días de Julio.

3.- El Recurso de Alzada lo DEBEN PRESENTAR TOD@S L@S INTERIN@S, o por lo menos el mayor número de ellos. LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN YA NOS HA DICHO QUE NO VA A COBRAR NINGÚN INTERINO EL VERANO.

4.- El Recurso de Alzada se puede presentar en el Registro de cualquier organismo oficial, Ventanilla Única o en Correos.

5.- Hay que llevar dos copias de cada recurso, una para la Consejería y otro para nosotros como justificante de presentación. Y que no se os olvide el DNI, que lo piden para poder presentarlos.

6.- Este Recurso de Alzada es un proceso distinto y al margen de la demanda que inició la Asociación contra la orden que estableció el impago del verano y a la que se adhirieron más de 100 personas que entregaron el poder apud acta a nuestro abogado. Por lo que cualquier interin@ que se adhirió a la demanda de la asociación puede y debe presentar su Recurso de Alzada.

7.- El próximo viernes 6 de Julio a las 10h, hemos quedado en la Consejería de Educación para ir a entregar los recursos de alzada.

8.- Desde que se presente el recurso, la Consejería tiene un plazo de 3 meses para contestar por escrito a la dirección que figure en el mismo, aunque puede hacerlo pasado este plazo, pero es el plazo marcado por ley.

9.- Puede suceder:

A) Que no contesten al recurso.

B) Que dicten Resolución. Si es estimatoria, ideal, sino se puede seguir recurriendo. Eso si, recordad y anotad el día que os llega la notificación, si llega.

10.- El último paso es la presentación de la demanda:

A) Si nos han contestado desestimando nuestro recurso de alzada, que será lo más probable, EL PLAZO ES DE 2 MESES.

B) De no contestarnos, produciéndose silencio administrativo, EL PLAZO ES DE 6 MESES, que empiezan a contar cuando pasen los 3 primeros meses que tiene la Consejería para contestar.

A modo de ejemplo: Un interino presenta el Recurso de Alzada el 2 de Julio 2012. La Consejería tiene para resolver hasta el 2 de Octubre 2012. Si contesta la Consejería desestimando el recurso, el interino tendrá hasta el 2 de Diciembre 2012 para presentar la demanda. Si no contesta la Consejería, el plazo para la demanda sería hasta el 2 de Abril 2013.SOBRE