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AIDMUR LLEVA A ADELA MARTÍNEZ-CACHÁ ANTE EL CONSEJO DE TRANSPARENCIA DE LA REGIÓN DE MURCIA

Los docentes interinos de la Región hemos presentado una reclamación contra la Consejería de Educación por ocultar los informes jurídicos relativos al acuerdo de ejecución de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo que restaura el derecho al cobro del verano ilegalmente sustraído a los interinos.

La asociación de interinos docentes de la Región de Murcia (AIDMUR) ha registrado una reclamación contra la Consejería de Educación por la denegación del derecho al acceso a información pública en la que, además, nuestra asociación posee un interés legítimo, ya que AIDMUR es la parte ganadora en el recurso de casación ante el Tribunal Supremo que dio lugar a la STS 966/2018, de 11 de junio, donde se anula el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia de 24 de febrero de 2012, que privaba a los funcionarios interinos docentes del derecho al cobro de los meses de verano aunque hubiesen trabajado todo el curso.

A raíz de esta sentencia, la Consejería de Educación firmó un acuerdo, el pasado 6 de julio, con la mayoría de fuerzas sindicales en el que establecía un calendario de pagos para el abono de los meses de verano (correspondientes al periodo 2012-2015) que adeudaba a los funcionarios interinos.

AIDMUR tiene serias dudas sobre la legalidad de dicho Acuerdo, entre otros motivos por la arbitraria y discriminatoria prelación de pagos entre interinos que establecía, y porque dejaba en manos de la Consejería las fechas del abono efectivo de las cantidades (solamente con alegar “insuficiencia presupuestaria”, la Consejería puede demorar sine die el cumplimiento del calendario de pagos).

Por tal motivo, AIDMUR preguntó a la Consejera de Educación, en la reunión mantenida el pasado lunes 17 de septiembre, si dicho Acuerdo contaba con alguna clase de aval jurídico que garantizase su legalidad. Adela Martínez Cachá nos respondió que los servicios jurídicos habían emitido una serie de informes que aseguraban este extremo, así como que los ponía a nuestra disposición “sin ningún problema”.

Tras recibir dicha respuesta, y teniendo en cuenta además, que AIDMUR ya solicitó en el mes de julio la recepción de dichos informes, el pasado jueves 20 de septiembre, recibimos una llamada telefónica desde la Consejería para recoger dicha documentación. Nuestra sorpresa fue absoluta, ya que nos hicieron entrega de la sentencia y nuestras propias solicitudes, sin adjuntar documento alguno; lo cual interpretamos como un intento de burla.

Desde AIDMUR no entendemos este tipo de actuaciones pueriles por parte de una administración que debería ser más seria en sus actuaciones, y tan solo se nos ocurre que Martínez Cachá ha tenido nuevamente un ataque de prepotencia, o bien que dichos informes, sencillamente, no existen.

Ambas situaciones ya deberían motivar su cese o dimisión, pues implicarían que nos ha mentido o que tiene algo que ocultar. Igualmente grave sería que hubiera tomado una decisión, al llegar a un acuerdo con las organizaciones sindicales, sin tener en cuenta o solicitar un informe jurídico y económico en una causa que le va a costar alrededor de 40 millones de euros por culpa de la actuación fraudulenta y negligente de una Consejería de Educación que solo da tumbos y parece no tener un rumbo claro, lo cual tiene traslado en los pésimos datos que acumulan los últimos consejeros de educación y sus respectivos directores generales de RRHH, responsables directos y exclusivos de todo este conflicto que le va a salir muy caro a los bolsillos de los ciudadanos de nuestra Región.

Por todo ello estimamos, tras consultar con nuestro servicio jurídico, que la actuación de Adela Martínez Cachá es radicalmente incompatible con el derecho de acceso consagrado en el art. 12 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la información pública y Buen gobierno que, interpretado en coherencia con el art. 105.b) CE, los arts. 23 y ss. de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y la LRJPAC, consagra el derecho de acceso a la información pública y obtención de copia de los documentos imbricados en el expediente administrativo, con las limitaciones incluidas en la citada ley y que, en el presente caso, es evidente que no se producen, al encontrarnos ante un expediente cuya piedra angular son informes de los servicios jurídicos sobre la correcta ejecución de una sentencia que anula una disposición administrativa de carácter general.

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